Según el Artículo 2 del Acuerdo Bangui: cualquier acto o práctica que, en el ejercicio de actividades industriales o comerciales, cree o sea probable que cree confusión con la compañía de otros, en particular con sus productos o servicios.
Hechos constituyentes
4.1 Confusión
Puede relacionarse con:
Una marca (grabada o no)
Un nombre comercial
Un signo distintivo
La presentación de productos o servicios
Una persona famosa
4.2 Mejorar a la imagen o la reputación
Incluye el debilitamiento de la imagen por:
La reducción del carácter distintivo
Reducción del valor publicitario
Daño a la reputación de una marca, nombre comercial o signo distintivo
4.3 El engaño con respecto al público
Concierte información errónea sobre:
El proceso de fabricación
Origen geográfico
Precio de producto o servicio
4.4 La denigración
Cualquier acusación falsa o abusiva que desacredite a la empresa, la persona o el producto competidor.
Medios de protección
Apelación disponible: cualquier persona lesionada puede confiscar un tribunal de un estado miembro para obtener:
Mandato judicial
Daños y perjuicios
Cualquier otra compensación prevista por la ley civil
Cálculo de daños: el juez tiene en cuenta las consecuencias económicas negativas sufridas y las ganancias obtenidas por el autor de la Ley
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